Almacenamiento Productos Químicos (APQ)
La peligrosidad intrínseca de muchos de los productos químicos que manipulamos, hace que éstos deban ser almacenados contemplando determinadas precauciones y medidas de seguridad.
Debemos gestionar las cantidades que necesitamos y optimizar las cantidades almacenadas. Se debe prever las posibles fugas y derrames mediante la implantación de medidas adecuadas como cubetos, materiales de recogida, etc.
En el caso de ciertos productos y/o para instalaciones concretas de almacenaje, existe una legislación específica, el RD 379/2001, el RD 105/2010 y sus instrucciones técnicas.
Símbolos de peligrosidad
La obligatoriedad del cumplimiento de esta normativa está relacionada relacionada con el volumen de producto almacenado.
Quedan excluidos del ámbito de aplicación los almacenamientos de:
- Sólidos tóxicos: clase T+, 50 kg; clase T, 250 kg; clase Xn, 1000 kg
- Sólidos fácilmente inflamables: clase F+, 1000 kg
- Comburentes: 500 kg
- Sólidos corrosivos: clase a, 200 kg; clase b, 400 kg; clase c, 1000 kg
- Irritantes: 1000 kg
- Sensibilizantes: 1000 kg
- Carcinogénicos: 1000 kg
- Mutagénicos: 1000 kg
- Tóxicos para la reproducción: 1000 kg
- Peligrosos para el medio ambiente: 1000 kg

