¿Quien está obligado a realizar el Informe Preliminar de Situación?

Ingeniería de Suelos

Todas las empresas que cumplan cumplan los siguientes requisitos:

  Empresas anexo I del RD 9/2005
  Actividades que produzcan, manejen o almacenen más de 10 Tn/dia de una o varias sustancias del RD 365/1995
  Actividades con un consumo medio anual superior a 300.000 litros y con un volumen de almacenamiento igual o superior a 50.000 litros de combustible.

Deberán de realizar el Informe de Situación y presentarlo ante la AGENCIA DE RESIDUOS DE CATALUÑA (Departamento de Medioambiente) las empresas que revisen su Licencia Ambiental.

El la renovación de la Licencia Ambiental también se debe presentar un Informe de Situación.

Si desea conocer si cumple estos requisitos háganos una consulta en el apartado Contaco

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